el concejo abierto, una "asamblea representativa"


una especie de prólogo necesario, publicado en leonoticas.com,

celebración de un concejo bajo un tejo centenario

El texto siguiente forma parte de las palabras del Rey Don Juan Carlos I, dirigidas a los jóvenes expedicionarios de la "Ruta Quetzal 2010", que visitarán León:

"Vais a conocer y descubrir también León, que conmemora este año el Décimo Primer Centenario del nacimiento de aquel antiguo Reino en 910. Algunas de las obras de arte claves para el estudio de la Edad Media se encuentran en aquella ciudad, que en 1188, y por iniciativa del Rey Alfonso IX, reunió una Cortes que constituyeron la raíz del Parlamentarismo en el mundo. Aquellas Cortes alentaron el nacimiento de muchas otras Asambleas representativas de su tiempo, y conforman un antiguo precedente del actual Congreso de los Diputados español, que podréis visitar cuando lleguéis a Madrid".

Una de esas "otras muchas Asambleas representativas de su tiempo", es, sin duda "el concejo abierto".

la plaza del concejo popular

La palabra concejo puede referirse a:
Concejo: Reunión asamblearia celebrada por los individuos del concejo.
Concejo abierto. Sesión que se tiene en público, convocando a él a todos los vecinos del pueblo.
Como demarcación administrativa:
En Asturias y Galicia, nombre que reciben los municipios o ayuntamientos. Se dividen a su vez a efectos administrativos en parroquias. En asturiano se le da el nombre de conceyu y en gallego el de concello.
Los concejos existieron también en León durante toda la Edad Moderna y en Cantabria hasta 1822. En Álava y Navarra reciben ese nombre los pueblos que poseen cierta autonomía dentro de un municipio. El concepto de concejo se invierte respecto al existente en Asturias o Galicia, siendo equivalentes a las parroquias de aquellas regiones.

En Burgos cada Concejo o Lugar tiene su propio regidor y forma parte de un Partido o agrupación de varios Lugares de la Merindad. Cada Merindad (municipio) cuenta, desde luego, con un alcalde. Actualmente la denominación Merindades engloba el norte de la provincia de Burgos en Castilla y León.


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celebración de un concejo bajo un tejo centenario

En la actualidad el régimen de Concejo Abierto es un sistema de organización municipal de España en el que pequeños municipios que no alcanzan un número significativo de habitantes se rigen por un sistema asambleario, sin que existan órganos municipales, salvo la Asamblea Vecinal que hace las veces de Pleno del Ayuntamiento. Según la legislación vigente el sistema está reservado a los menores de cien habitantes y a aquellos que, tradicionalmente, hayan funcionado por dicho sistema o uno similar en el pasado. También se aplica este régimen a los municipios en los que su localización geográfica, la mejor gestión de sus intereses municipales u otras circunstancias lo hagan aconsejable; si bien, en este caso, se requiere la petición de la mayoría de los vecinos, decisión favorable de 2/3 de los miembros del Ayuntamiento y aprobación por la Comunidad Autónoma.

En el régimen de concejo abierto el gobierno y la administración del municipio corresponde a un Alcalde y a una Asamblea vecinal de la que forman parte todos los electores. Su funcionamiento se ajusta a los usos, costumbres y tradiciones del lugar; en su defecto se aplica la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y las leyes que, en su caso, hayan dictado las Comunidades Autónomas, sobre régimen local.

Para el caso de que no exista legislación autonómica sobre la materia, o en caso de que existiendo no diga nada acerca del funcionamiento del Concejo Abierto, el artículo 111 del Reglamento de Organización, funcionamiento y régimen Jurídico de la Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, establece las siguientes reglas acerca del funcionamiento de las Asambleas vecinales en el régimen del Concejo abierto:

a) Las Asambleas vecinales se reunirán donde tengan por costumbre, celebrarán sesión ordinaria como mínimo una vez al trimestre en día festivo, y serán convocadas a toque de campana, por pregón, por anuncio, o por otro medio de uso tradicional en el lugar.
b) Para la válida constitución de dichas asambleas se necesita que haya acudido, al menos, una tercera parte de los vecinos que a ello tengan derecho, presentes o representados. En ningún caso el número de presentes podrá ser inferior a tres. El Secretario y el Presidente, o quienes legalmente les sustituyan, deberán estar presentes en todo caso.
c) Las representaciones deberán acreditarse mediante documento público, documento privado con la firma legitimada ante notario o poder otorgado ante el Secretario del municipio. Ningún vecino podrá representar a más de 1/3 de los miembros de la Asamblea.
d) Los acuerdos se adoptan por mayoría de votos.

Por extensión, esta expresión de concejo abierto define a las reuniones de un ayuntamiento y su corporación abiertas a la participación de cualquier vecino, no sólo como mero espectador.


otra plaza de concejo en un pueblo

Yo nací en un pueblecito de León, La Seca, correspondiente al ayuntamiento de Cuadros, al norte de la capital leonesa, aguas arriba del Bernesga. Guardo en mi memoria imágenes y vivencias de la figura del concejo, como elemento primordial de la vida del pueblo. Ha sido para mí un placer encontrar que otros paisanos mios recuerdan este tesoro. Y voy a utilizar algunos de sus recuerdos, mezclados con los mios...

En el sentido más corriente, concejo es una asamblea de lugareños abierta a todos los que la quieran presenciar, en la que sólo hablarán quienes, siendo vecinos, tengan casa abierta o bien quienes no siendo vecinos son requeridos como asesores. La formalidades eran mínimas. Una o varias personas se colocaban en lugar visible (siempre el mismo) y frente a ellos el resto del vecindario formando media luna. Comenzaba con una petición de atención por parte de los convocantes, que era seguida de un respetuoso silencio. Expuesto el motivo de la convocatoria, y argumentadas las soluciones propuestas, pasaba a fase de debate. El orden se mantenía espontáneamente, produciéndose murmullos de aprobación o de repulsa que servía de refrendo o de censura al ponente. Algunos vecinos gozaban de un predicamento especial por lo que sus opiniones eran tenidas por sensatas y dignas de consideración otros se quejaban de que sus consideraciones nunca era tenidas en cuenta además de ser tapadas con murmullos. Es un hecho contrastado que en las pequeñas comunidades los prejuicios personales pueden bloquear propuestas sólo por venir de quien vienen. Los concejos más tumultuosos eran aquellos en los que Autoridades o funcionarios se presentaban o pedían alguna aportación. En estos casos el acuerdo solía ser total y contrario a nuevos funcionarios o normas nuevas con gran embarazo de las autoridades locales que se sentían entre dos muros infranqueables .
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Los acuerdos del concejo eran ley para los lugareños, las críticas era siempre muy atenuadas porque existía un respeto reverencial a la voluntad de los vecinos reunidos, sentimiento éste que se inculcaba desde pequeños a todos. De la misma manera se les mentalizaba a sólo hablar en concejo cuando lo que se tuviera que decir estuviera bien madurado, y desde la autoridad que daba estar en paz con el vecindario. No se podía dar discursos en el concejo si no se cumplían los deberes de buen vecino, porque se arriesgaba, el que esto hiciera, a un abucheo general. De esta forma las intervenciones eran libres pero pocas y muy sopesadas lo cual hacía las reuniones cortas y concluyentes. Si el tema era referido a caminos, aguas, pastos, el acuerdo era prácticamente automático. El agua era el oro de la tierra, su reparto, aprovechamiento y gobierno representaban la mayor preocupación vecinal... El agua se dosificaba en el tiempo, hoy lo llamaríamos optimización de recursos. Si el molinero hace represa (embalsa el agua) sin tener en cuenta los intereses de los regantes sedientos saltará el conflicto. Si el molinero no hace represa no habrá harina... ni pan.

Para los asuntos económicos, la aprobación en concejo era suficiente, esta premisa fue una de las dificultades mayores en el empeño de modernización estatal borbónica, conseguir que las cuentas además de aprobarse en concejo se plasmaran por escrito con cuenta y razón . Los lugareños, celosos de sus tradiciones, veían en este empeño por escribir la mano larga de la Hacienda Pública, y no les faltaba razón . Por ello optaban por la autosuficiencia que conocían y entendían, en vez de por una Administración Central que les acribillaba a impuestos, les llamaba a levas militares arrancándoles sus más productivos hijos criados con esfuerzo y se los llevaba a sitios de los que no habían oído hablar para, si volvían, hacerlo enfermos compensando su ausencia, que sumía a la casa en la pobreza y la nostalgia, con más gastos . De forma que una de las virtudes que más se valoraba en la Autoridad pedánea era su capacidad para defender al pueblo de la voracidad foránea, llegando algunos casos a cargar con las responsabilidades por ficticia negligencia, ante la Administración Central antes que favorecer la máquina fiscal en las escuálidas economías de sus convecinos
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Cuando la Hidalguía era general. la igualdad social facilitaba los acuerdos, pero cuando coincidían vecinos hidalgos y vecinos pecheros en un pueblo esto daba lugar a fricciones. Habiendo pecheros eran los encargados del transporte de tropa, custodia de presos, pagar impuestos. Si la proporción pecheros/hidalgos era desigual los pecheros no podían afrontar todas sus obligaciones. Por ello se obligaba a los forasteros que casaban en el pueblo a probar en la Chancillería de Valladolid su Hidalguía. En la práctica era una traba insalvable pues un labrador pobre no podía cargar con los costes de un proceso. Pero el prestigio social y la mentalidad de los tiempos hizo posible que en Cascantes se promovieran tres pleitos ante la

Cancillería de Valladolid en 1816 (cuando el Antiguo Régimen estaba caducando) pero consiguieron Real Provisión favorable y en Lorenzana en 1757, en este caso en pleno siglo XVIII, el alcalde de nobles emplazara a los forasteros vecinos a demostrar su origen hidalgo cosa que hicieron y lograron positivamente. Peor le fue al boticario de Aguilar de Campos en 1768, que a pesar de apelar a su origen familiar en Cuadros recibió por respuesta de la Chancillería un "No ha Lugar..." Forastero viene de "fuero-hostil" según López Morán(1896)
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"los hombres del concejo", de Vela Zanetti, pintor leonés (nacido en Milagros,Burgos)

Comportamiento en el Concejo:
Todavía en tiempos recientes en algunos lugares, reunido el pueblo para Concejo, al colocarse el Alcalde en el lugar reservado al efecto, todos los presentes se quitaban la gorra. Se conoce el caso de un alcalde que ante la discusión entre mozos de barrios enfrentados, va a su casa por la vara de alcalde, vuelve al lugar de la discusión, y blandiendo la Vara increpa a los contendientes "¿Respetáis esto?"......

Viene esto a demostrar que aunque haya ejemplos de barbarie también hay ejemplos sorprendentes de madurez social, con criterios claros sobre el valor de los Símbolos, el concepto de Auctoritas, de la vertebración social:
- "nombren tres vecinos, dos para regidores y el más inteligente para alcalde"
- "los regidores que salen han de nombrar dos hombres de buena conciencia y desapasionados que junto con los salientes hagan elección de los entrantes en personas capaces y beneméritos."
- " y tratar de un modo circunspecto sobre los asuntos del pueblo"
- "cualquier persona que agraviare a los regidores pague un real. Si los regidores agraviaren a otros paguen un real"
- "si algún vecino fuere revoltoso o mal hablado en concejo, pague cuatro reales y si reincidiese ocho y así en adelante...ninguna persona sea osada a hablarle mal o desentonada"
- "el vecino que en concejo injuriase a otro, blasfemase, jurase o no guardase modestia y compostura en acciones y palabras pagará cada vez una cañada de vino, sin que se pueda rebajar esta pena"
- "que ninguna persona hable descortésmente ni con voces alteradas en concejo"
- "que ningún vecino hable en contra de otro, ni a favor, menos si es forastero, a menos que le sea dada licencia"
- "el que en el Concejo hablare descortésmente sea castigado al albedrío del mismo Concejo, no pudiendo reclamar ante la justicia ordinaria"
- "y si se resistiere...el procurador acompañado de dos personas pueda romper las puertas de la casa, sin incurrir en pena alguna"
- "y no consientan ni permitan que en Concejo persona alguna sea jurador, blasfemo, ni descompuesto"
- " el que hiciere dar voces de Dios o del Rey, no teniendo mucha causa para hacerlo, pague una cántara"
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Comentarios

  1. La verdadera lastima es que, a pesar de estar mas que probada la validez y la larga tradición de nuestros Concejos y Juntas Vecinales, en la administración pùblica actual, se hayan visto relegadas a una forma legal sin ningún tipo de validez administrativa salvo la de gestionar las cuentas del pueblo.

    No solo eso, sinó que las Juntas vecinales, relegadas a la infima categoría de entidades menores malviven y desaparecen sin ningún tipo de financiación estatal y a capricho de los Ayuntamientos de los que dependen.

    Eso si es una tragedia, nuestros pueblos perdiendo población y muriendo por el capricho de una administración publica y una burrocracia incapaces de asimilar nuestros Concejos y Juntas Vecinales y adaptarlos de forma digna a la epoca actual.

    Un saludo y enhorabuena por el blog

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  2. Disculpa, pero Vela Zanetti no es leonés, es de Milagros (Burgos)

    Un saludo y enhorabuena por el blog.

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  3. SI PERO SIEMPRE ESTUVO EN LEON Y SE SENTIA LEONES EL MISMO LO DIJO EN VARIAS OCASIONES

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  4. El concejo abierto no fue una de esas asambleas, fue la ASAMBLEA. La única, auténtica y democrática, las demás, no horizontales, nunca pueden ser verdaderas asambleas democráticas, a pesar de que hoy día las instituidas(ya sean nacionales, autonómicas, provinciales o municipales) a través del sistema parlamentarista ostenten ilegítimamente el poder; y digo ilegítimamente, pues se lo han arrebatado al pueblo al quitarle o desnaturalizar sus propias asambleas, robar el comunal, que se gestionaba en los concejos abiertos, etc, etc.
    Muy buena entrada.

    Un saludo

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